Micelio

Artículo 3

Decreto 892 de 1985 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero . Cuando se presten servicios de salud a beneficiarios del ISS en seccionales o unidades programáticas locales diferentes a la que aportan, el cruce de cuentas se hará de conformidad con las normas y tarifas previstas en el Manual de Definiciones Contenidos y Tarifas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 892 de 1985