Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, contra las liquidaciones del impuesto a las grandes rentas y de los sobre-impuestos de ausentismo y soltería, son valederos los recursos que las leyes y decretos vigentes establecen contra las liquidaciones del impuesto normal sobre la renta y complementarios, dentro de los mismos términos y condiciones, a excepción del pago previo, que para los gravámenes de que trata este artículo, puede ser solamente del 50% del impuesto o sobre-impuesto de que se trate.
Artículo 16
Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores, Contra Las Liquidaciones Del Impuesto A Las Grandes Rentas Y De Los Sobre-Impuestos De Ausentismo Y Soltería, Son Valederos Los Recursos Que Las Leyes Y Decretos Vigentes Establecen Contra Las Liquidaciones Del Impuesto Normal Sobre La Renta Y Complementarios, Dentro De Los Mismos Términos Y Condiciones, A Excepción Del Pago Previo, Que Para Los Gravámenes De Que Trata Este Artículo, Puede Ser Solamente Del 50% Del Impuesto O Sobre-Impuesto De Que Se Trate
Decreto 2641 de 1948 · por el cual se reglamentan los Decretos legislativos 1961, de 10 de junio de 1948, y 2118, de 23 de junio del mismo año.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.