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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 036-2022-00285-01 MAG. ANGELA MARIA PELAEZ ARENAS - AUTO ORDENA DEVOLVER EXPEDIENTE

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C., once (11) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) MAGISTRADA PONENTE: ANGELA MARÍA PELÁEZ ARENAS RADICACIÓN: 1100131030362022 00285 01 PROCESO: EJECUTIVO DEMANDANTE: MARÍA DEL CARMEN CUBILLOS DE ARDILA DEMANDADO: HERNÁN ARDILA CUBILLOS ASUNTO: APELACIÓN DE AUTO Encontrándose las diligencias al despacho para resolver la alzada, observa el Tribunal que el expediente remitido a esta Corporación para resolver el recurso de apelación formulado contra el auto proferido el 5 de diciembre de 2023 está incompleto, pues no obra la decisión mediante la cual se concede el recurso de apelación. En efecto, se vislumbra del registro de actuaciones de la página de la Rama Judicial que contra la decisión referida, el 12 de diciembre de la pasada anualidad se presentó recurso de reposición y en subsidio de apelación, desatado de forma desfavorable el primero se concedió la alzada, como se ilustra a continuación: Ejecutivo 1100131030362022 00285 01 de María del Carmen Cubillos de Ardila contra Hernán Ardila Cubillos.

Sin embargo, con el plenario no se adosó la decisión del 22 de julio de la presente anualidad, situación que impide verificar la facticidad que expuso el funcionario a quo en la decisión recurrida, porque no se remitió copia del asunto completo. De ahí que se dispondrá devolver el expediente, de manera inmediata, al Juzgado Treinta y Seis Civil del Circuito de Bogotá, para que, en el menor tiempo posible, proceda a remitir copia digital de la totalidad del juicio, con miras a subsanar el defecto percibido en esta instancia. Con fundamento en lo anterior, RESUELVE:

PRIMERO: DEVOLVER, de manera inmediata, al Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá el presente expediente, para que, en el menor tiempo posible, remita copia digital de la totalidad del proceso de la referencia. Hágase la anotación correspondiente, para el egreso del paginario.

SEGUNDO: Vuelto el expediente, procédase al registro en el sistema de gestión judicial, teniendo en cuenta como fecha de reparto del recurso la fecha en que este se allegue nuevamente al Tribunal.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ANGELA MARÍA PELÁEZ ARENAS Magistrada Firmado Por: 2 Angela Maria Pelaez Arenas Magistrada Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 30502cd5e6ea64ac381fd04d66dbcd8404e10dc268a1dccc62bb23c36678683e Documento generado en 11/09/2024 05:00:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica