Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: I460-Admite2023-00247

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 460 Radicación No. 76-520-31-05-002- 2023-00247-01 Guadalajara de Buga, dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto interlocutorio N°1589 del 28 de octubre de 2025, a través del cual declaró no probada la excepción previa de inepta demanda; providencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral de Primera Instancia, promovido por LUCERITO RODRÍGUEZ ENRÍQUEZ contra LUZ AMPARO ARANGO GÓMEZ Y MARÍA DEL ROSARIO GÓMEZ.

Providencia susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 65 del CPT y de la SS. Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bbaaeeea3229938ed5e57acac6a31e30fd236e538cf177b78fa5965b3b74de44 Documento generado en 18/11/2025 05:29:53 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica