Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 2.- 08001221300020240059700 07AUTODECIDEAPELACIONORECURSOS

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Radicación Interna: 2024-161F Código Único de Radicación: 08-001-22-13-000-2024-00597-00 REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA DESPACHO TERCERO DE LA SALA CIVIL FAMILIA SALA TERCERA DE DECISIÓN El expediente puede ser consultado en el siguiente enlace 2024-161F Recurso Extraordinario de Revisión Demandante: Carmen Alicia Niebles González Demandado: José Gabriel Bandera Rodríguez Sentencia de 21 de noviembre de 2023 del Juzgado 6° de Familia del Circuito de Barranquilla Proceso Divorcio Expediente No. 08-001-31-10-006-2022-00237-00 Barranquilla, D.E.I.P., ocho (08) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).

Carmen Alicia Niebles González. presentó Recurso Extraordinario de Revisión contra la Sentencia del 21 de noviembre de 2023 del Juzgado Sexto de Familia de Barranquilla proferida dentro del proceso arriba referenciado. la cual fue inadmitida mediante el auto del 3 de octubre del presente año, ordenándose subsanar siguiente deficiencia: No hay constancia de que se hubiera efectuado la remisión o la entrega del memorial de la demanda y sus correspondientes anexos al señor José Gabriel Bandera Rodríguez señalado como contraparte en este recurso.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6º de la ley 2213 de 2022. Surtido el término de los 5 días concedidos para esos efectos no se recibió en el correo de esta Sala de Decisión ningún memorial procedente de la parte recurrente para cumplir lo ordenado y circunstancia similar se informó por parte de la Secretaría de la Sala. Por lo anterior, la Sala Tercera Civil — Familia del Tribunal Superior Distrito Judicial de Barranquilla RESUELVE Rechazar la demanda del Recurso Extraordinario de Revisión instaurado en contra de la Sentencia de 21 de noviembre de 2023 del Juzgado 6° de Familia del Circuito de Barranquilla Archívese lo actuado.

Ejecutoriada esta providencia, por secretaría infórmese al Juzgado de origen. Notifíquese y Cúmplase. Alfredo de Jesús Castilla Torres - 1 Despacho 08-001-22-13-003 Sala Tercera de Decisión Civil Familia Correo: Scf03bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Firmado Por: Alfredo De Jesus Castilla Torres Magistrado Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2f3a718de96337461b7ffed98fc05db2d3068b6c1f8f6913e3875c24ff8d3096 Documento generado en 08/11/2024 08:23:28 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica