Micelio

auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: 2023-00183-00AutoAdmiteRecursoApelaciónContraSentencia

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL San Gil, veintiséis (26) de junio del dos mil veinticinco (2025). REF: Impugnación de Paternidad DTE: Angela Argüello López y Otro RAD: 68-679-3184-001-2023-00183-00 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del CGP, en concordancia con el Art. 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el “efecto suspensivo”, la apelación interpuesta por la parte demandada niño ESGG representado por su progenitora Nidia Marcela Gualdron Ruíz, contra la sentencia anticipada de fecha once (11) de marzo de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de San Gil, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, el recurrente deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, POR ESCRITO, al seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co., correo so electrónico pena de ser declarado desierto.

Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a la parte AUTO DE TRÁMITE FR- 2023-00183-01 o sujetos no recurrentes, para que igualmente se pronuncien también POR ESCRITO. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para si es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente.

Notifíquese El Magistrado, Javier González Serrano Firmado Por: AUTO DE TRÁMITE FR- 2023-00183-01 Javier Gonzalez Serrano Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 89e53d140526802de1396e2db2c4f6833f2b5b17c87ee3f5e4636997ef847ea3 Documento generado en 26/06/2025 02:40:48 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica