Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2024-00085-02

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 73001-31-05-004-2024-00085-02 Asunto: Proceso ordinario laboral - apelación sentencia Demandante: Claudia Janneth Parra Bermúdez Demandado: Banco Davivienda S.A REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: Demandada: Asunto: 73001-31-05-004-2024-00085-02 Claudia Janneth Parra Bermúdez Banco Davivienda S.A Ordinario apelación sentencia Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué, nueve (9) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Por ser procedente y haberse sustentado, se admite el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante, contra la sentencia proferida el 13 de agosto de 2025 por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibagué. Se corre traslado para alegar por escrito por el término de cinco (5) días para la parte apelante, vencidos los cuales, empieza a correr el término de traslado por cinco (5) días para el no recurrente.

Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e6f777f3ca19a619abb2723ddaff86498b8e14da13a0100f92fa83df79cb5a61 Documento generado en 09/09/2025 03:17:37 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica