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auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO REQUIERE - SIMULACIÓN 2011-00179-02

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

Ponente: Carlos Villamizar Suárez

Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial San Gil – Santander TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL SAN GIL – SANTANDER San Gil, ocho (08) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Magistrado Ponente: DR. CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ PROCESO: PROVIDENCIA SIMULACIÓN AUTO ADMITE DEMANDANTE: DEMANDADO: - YERSI SANTIAGO CRISTANCHO PINILLA - MARTHA OLIVA QUINTERO HENAO - HERNANDO MORALES MORA - MARÍA EUGENIA MORALES MORA 68-190-31-89-001-2011-00179-02 68-190-31-89-001-2008-00251-02 RADICACIÓN: Previo a resolver sobre la admisibilidad del recurso de apelación formulado al interior del proceso de la referencia, necesario se hace REQUERIR al JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIMITARRA, SANTANDER, con el fin de que en el término de cinco (05) días, contados a partir de la notificación de este proveído, allegue con destino a esta Corporación las grabaciones de las audiencias desarrolladas al interior de este proceso.

Lo anterior, toda vez que en los links obrantes en los archivos PDF No. 0681; 0822 y 0863 no es posible visibilizar las grabaciones Así pues, se hace necesario requerirles para que incorporen las grabaciones al expediente digital con el fin de que esta Corporación pueda resolver sobre lo que corresponde. 1 068Otro.PDF 082Otro.PDF 3 086Otro.PDF 2 Proceso: Simulación Actuación: Auto Requiere Previo Admisión Radicado: 68-190-31-89-001-2011-00179-02 68-190-31-89-001-2008-00251-02 Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para sí es del caso, admitir a trámite el presente proceso.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ Magistrado Ponente Firmado Por: Carlos Villamizar Súarez Magistrado Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1e2f9228f83d053e5421d344862e9ee0e669636fdf32d4f3a38c304763c9b773 Documento generado en 08/07/2024 05:54:00 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica