TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEGUNDA DE DECISION LABORAL MAGISTRADO: CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DÍAZGRANADOS Barranquilla - Atlántico, veinte (20) de marzo de dos mil veintiséis (2026) RAD. INT: 79.364 - A RADICADO ÚNICO: 08001310500220200003201 DEMANDANTE: FLOR ELENA ZARATE ARIZA. DEMANDADO: ADMINISTRADORA COLOMBIANA COLPENSIONES.
DE PENSIONES – Avocar el conocimiento del presente proceso. Admitir el grado jurisdiccional de consulta, respecto de la sentencia de fecha 06 de noviembre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, córrase traslado a las partes (si los hubiere) para que presenten sus alegaciones por el término de cinco (5) días.
En el evento que el/la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar. El concepto del Ministerio Público debe presentarse por correo electrónico, al correo institucional de la secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co, en formato PDF, con la indicación en el asunto del correo a enviar “concepto del Ministerio Público” y la radicación del proceso, dentro del horario del Distrito judicial de Barranquilla, esto es, de 7.30 A.M a 12:30 A.M y 1:00 P.M a 4:00 P.M. La consulta del expediente digital podrá hacerse en la secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, a través de su correo institucional: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DIAZGRANADOS Magistrado