Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 043-2023-00078-01 DRA GARCIA ADMITE

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Ponente Bogotá D. C., dieciocho (18) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: Verbal – Incumplimiento contrato. 110013103043202300078 01 VERONICA FERNANDEZ RODRIGUEZ JUAN ANTONIO GARCIA BUITRAGO ADMITIR el recurso de apelación formulado por el apoderado de la parte demandada contra la sentencia proferida en audiencia el 4 de junio de 2024, por la Juez 43 Civil del Circuito de Bogotá D.C., de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.

Por lo anterior, CONCEDER al recurrente el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia para que proceda a SUSTENTAR los reparos concretos que formuló ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.

Advertir al apelante que, en ese lapso y en esta instancia deberá sustentar los reparos concretos que formuló ante el a quo, pues en caso de guardar silencio, se declarará desierto el recurso de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de recursos asignados al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 27780ea41bac31edc8d722b391dabdff6e9298e1f114655cea2beb0ecf4715fc Documento generado en 18/07/2024 04:18:05 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica