Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 009. 000-2025-00001-00JAVP AutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Jurisdicción Ordinaria Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali Sala Civil REFERENCIA COMPLETA: Radicación Única Nacional: 76001-22-03-000-2025-00001-00 Rad Interna: 5473 Trámite judicial: Recurso Extraordinario de Anulación Recurrente: Metalúrgicas del Valle S.A.S. Metaval Proceso: Arbitral Convocante: Mauricio Rivera Leyva Convocada: Metalúrgicas del Valle S.A.S. Tribunal que profirió el laudo: Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Cali – Laudo Arbitral del 6 de noviembre de 2024 Motivo: Admite Recurso Magistrado Sustanciador: JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA.

Santiago de Cali (V), catorce (14) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Verificado que, el recurso de anulación formulado por la apoderada judicial de la sociedad convocada METALÚRGICAS DEL VALLE S.A.S. – METAVAL en contra el laudo arbitral de fecha 6 de noviembre de 2024 proferido por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Cali con base en la causal novena de anulación prevista en el artículo 41de la Ley 1563 de 2012, cumple con los requisitos previstos en el artículo 42 ibídem, respecto de su interposición y trámite, el suscrito Magistrado, RESUELVE:

PRIMERO. - ADMÍTESE el recurso de anulación formulado por la parte convocada contra el laudo arbitral del 6 de noviembre de 2024, proferido por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Cali dentro del asunto de la referencia. 76001-22-03-000-2025-00001-00 SEGUNDO. - En firme lo anterior, REGRESE el expediente a Despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El Magistrado, JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA Firmado Por: Julian Alberto Villegas Perea Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d2ada3ecfeb3b08385f63acbccadcc0164e3acf64ce053b6b182ee26c58af8c3 Documento generado en 14/03/2025 11:09:58 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 76001-22-03-000-2025-00001-00