REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA DE DESICIÓN LABORAL FIJA No. 2 CARTAGENA – BOLÍVAR Cartagena de Indias, veintinueve (29) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) MAGISTRADO PONENTE: Dr. DIEGO FERNANDO GÓMEZ OLACHICA Proceso: Ordinario Laboral Demandante: ELOY ENRIQUE TABORDA ARREOLA Demandado: PORVENIR S.A.Y COLPENSIONES Fecha de Fallo: 15 de febrero de 2024 Procedencia: Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Cartagena Radicación: 13001310500220220002001 VISTOS Procede la Sala a decidir si concede o no, el recurso de casación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada PORVENIR S.A. contra la sentencia proferida por este Tribunal Superior, de fecha veintidós (22) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), dentro del proceso ordinario laboral de la referencia. Introducida en tiempo la solicitud, se pasa a examinar su visabilidad, según las siguientes: CONSIDERACIONES De conformidad con el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, reformado por el artículo 43 de la Ley 712 del año 2001, el recurso de casación procede contra las sentencias de segunda instancia cuando el interés para recurrir exceda el monto de 120 salarios mínimos legales mensuales.
El interés para recurrir en casación tratándose del demandante se determina por el valor de las pretensiones que le fueren denegadas en el fallo de segunda instancia, y para el demandado por el monto de las condenas impuestas a éste. En el caso bajo estudio, el A-quo, mediante sentencia de calenda 15 de febrero de 2024, declaró la ineficacia de la afiliación, y en consecuencia, condenó a la AFP PORVENIR S.A. a remitir a COLPENSIONES la totalidad de los aportes, junto con sus rendimientos financieros, gastos de administración, bono pensional, primas de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia, y el porcentaje destinado al fondo de garantía de pensión mínima, debidamente indexado y con cargo a sus propios recursos.
Recurso de casación ELOY ENRIQUE TABORDA ARREOLA contra PORVENIR S.A. y COLPENSIONES Dicha decisión fue objeto de apelación ante este Tribunal, quien mediante sentencia de fecha veintidós (22) de mayo dos mil veinticuatro (2024), resolvió lo siguiente: En esa medida, teniendo en cuenta que el interés para recurrir en casación por el demandado se determina por el valor de las condenas impuestas, se tiene que la estimación de lo condenado asciende a $27.165.309, monto inferior a los 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($156.000.000), lo anterior según la siguiente gráfica: LIQUIDACIÓN DEMANDADO_PORVENIR VALOR TOTAL INGRESO BASE DE COTIZACIÓN SEGÚN RELACIÓN DE APORTES $ 280.009.167 VALOR TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, PRIMAS DE REASEGUROS DE FOGAFIN, PRIMAS DE SEGUROS DE INVALIDEZ Y SOBREVIVIENTES _ EQUIVALENTE AL 3% DEL (IBC) $ 8.400.275 FONDO GARANTIA PENSIÓN MÍNIMA $ 12.276.445 INDEXACIÒN $ 6.488.589 $ 27.165.309 VALOR RECURSO PORVENIR Así las cosas, dado que, las operaciones aritméticas realizadas por parte del Contador liquidador adscrito a esta Sala de Decisión arrojan un valor inferior a lo requerido en la norma para acceder al recurso extraordinario de casación, se impone su denegación. En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión Laboral fija No.2 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, RESUELVE:
PRIMERO: DENEGAR el recurso de CASACIÓN interpuesto por la demandada PORVENIR S.A., mediante apoderado judicial, contra la sentencia proferida por esta Sala, adiada veintidós (22) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), al interior del proceso ordinario laboral promovido por ELOY ENRIQUE TABORDA ARREOLA contra PORVENIR S.A. y COLPENSIONES, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: En firme esta providencia, devuélvase el expediente al juzgado de origen para lo de su competencia. Recurso de casación ELOY ENRIQUE TABORDA ARREOLA contra PORVENIR S.A. y COLPENSIONES
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO FERNANDO GÓMEZ OLACHICA Magistrado Ponente CATALINA RAMIREZ VILLANUEVA Magistrada Integrante Sala JOHNNESSY DEL CARMEN LARA MANJARRES Magistrada Integrante Sala Firmado Por: Diego Fernando Gomez Olachica Magistrado Sala 003 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Catalina Del Carmen Ramirez Villanueva Magistrada Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Johnnessy Del Carmen Lara Manjarres Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: aa8046d9e56580726d761d5b538f1e2123b041d578643f849c923887ab3c1db2 Documento generado en 29/11/2024 02:48:37 PM Recurso de casación ELOY ENRIQUE TABORDA ARREOLA contra PORVENIR S.A. y COLPENSIONES Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica