Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, dieciocho (18) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Procedimiento: Radicado: Demandante inicial: Demandado inicial: Providencia Decisión: Verbal de pertenencia con demanda de reivindicación 05001 31 03 011 2022 00228 01 Diego Alexander Restrepo Victoria María del Pilar Jiménez Osorio Auto Admite recurso y corre traslado Se admite, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación interpuesto por quien tiene la doble calidad de demandante inicial y demandado en reconvención frente a la sentencia del 2 de febrero de 2026, proferida por el Juzgado Undécimo Civil del Circuito de Medellín en el asunto de la referencia. Conforme con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, el apelante deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto.
De la sustentación presentada se correrá traslado sucesivo a la contraparte, por el término de cinco (5) días.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2f8b4f9b4ffaacb9bb0028eeb5c4ad18a78c5e89372aa9edd71296bb9545ad8b Documento generado en 18/02/2026 01:19:52 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica