REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL RADICADO 05-001-31-05-011-2022-00219-01 PROCESO ORDINARIO LABORAL MARÍA ROCÍO ARIAS MARTÍNEZ Y AMANDA DEL SOCORRO TABORDA DEMANDANTE DEL VALLE UNIDAD DE GESTIÓN PENSIONAL Y DEMANDADOS PARAFISCALES - UGPP Medellín, once (11) de abril de dos mil veinticinco (2025) Verificadas las actuaciones remitidas, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la UNIDAD DE GESTIÓN PENSIONAL Y PARAFISCALES – UGPP y el grado jurisdiccional de consulta a favor de la misma entidad, respecto de la SENTENCIA proferida el 23 de julio de 2024, por el Juzgado Once Laboral del Circuito de Medellín. EJECUTORIADO este auto se procederá a correr traslado a las partes para que presenten sus alegatos conforme lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, por el término común de cinco (5) días hábiles, los cuales deberán ser remitidos por escrito a la dirección de correo electrónico de la secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARICELA CRISTINA NATERA MOLINA Magistrada