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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 004-2024-00207-01 DR ISAZA AUTO ACEPTA DESISTIMIENTO

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA SALA CIVIL Radicación: Demandante: Demandado: Proceso: Trámite: 110013103004-2024-00207-01 (Exp. 6057) Dayana Valentina Rojas Cárdenas Seguros Generales Suramericana S.A. Ejecutivo Apelación de Auto Bogotá, D. C., veintiocho (28) de marzo de dos mil veinticinco (2025).

En escrito visto en el doc. 05 del cuaderno del Tribunal, que se presume auténtico (art. 244, inc. 3º, del CGP), el apoderado de la demandante y recurrente, desde el correo electrónico hhmanceral@gmail.com, que fue informado al juzgado al radicarse la demanda (pdf 04 del cuaderno ppal.), según el art. 3° de la ley 2213, manifestó “desistir del recurso interpuesto” formulado frente al auto de 16 de diciembre de 2024, proferido por el Juzgado 04 Civil del Circuito de Bogotá, para lo cual se encuentra facultado según el poder especial a él otorgado (doc. 01, cuad. principal).

Solicitud que se ajusta al art. 316 del Código General del Proceso, según el cual las partes podrán desistir de los recursos interpuestos y de los incidentes, las excepciones y los demás actos procesales que hayan promovido, sin necesidad de presentación personal, por cuanto el citado estatuto excluyó esa formalidad (art. 314 a 317). Por consiguiente, acéptase el desistimiento del recurso de apelación antes referido.

Sin costas por no aparecer causadas. En firme esta providencia, devuélvase el expediente al juzgado de origen para que se expidan las órdenes, constancias, comunicaciones y demás instrucciones pertinentes. Cópiese y notifíquese. JOSE ALFONSO ISAZA DAVILA MAGISTRADO TRIBUNAL SUP. DE BOGOTÁ, SALA CIVIL