REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA ASUNTO: APELACIÓN SENTENCIA (46675) NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO PROCEDENCIA: C-08001-31-53-012-2024-00039-01 AIR-E S.A.S. E.S.P. HACIENDA SANTANA GUTIÉRREZ S.A.S. CIVIL / EJECUTIVO JUZGADO DOCE CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA Barranquilla, D. E. I. y P., treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Se ADMITE la apelación formulada por la parte demandante contra la sentencia dictada el 30 de septiembre de 2025 por el Juzgado Doce Civil del Circuito de Barranquilla.
La sustentación del recurso deberá presentarse necesariamente en esta instancia, dentro del término de 5 días contados a partir de la ejecutoriada esta providencia, so pena de que se declare DESIERTO, conforme prevén los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C. G. del P. En caso de ser sustentado oportunamente, la Secretaría correrá traslado del escrito correspondiente a los no apelantes, en la forma y para los fines previstos en las normas antes aludidas.
Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: John Freddy Saza Pineda Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7bf340e515366b64583c7958f4e361c10ae7cf90a31e1bd40dceb528ede5d3ff Documento generado en 31/10/2025 11:51:35 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica