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auto — Tribunal Superior de Pasto

Radicado: 05. 2024-00170-01 (525) APELACION AUTO DR M

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA UNITARIA LABORAL FUERO SINDICAL No. 5235631050012024-00170-01 (525) RAMIRO EVELIO MAFLA CHAMORRO vs INSTITUTO DE SERVICIOS VARIOS DE IPIALES – ISERVI ESP APELACIÓN DE AUTO San Juan de Pasto, diez (10) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Teniendo en cuenta que el apoderado judicial de la parte demandada interpone y sustenta en término el recurso de apelación contra el auto proferido el 16 de septiembre de 2024, por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ipiales, mediante el cual declaró prospera la excepción de falta de competencia por falta de agotamiento de la reclamación administrativa, se dispondrá su admisión. Ejecutoriada la providencia se correrá traslados a las partes en los términos establecidos en el numeral 2 del artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

Se advierte a las partes que es imperativo cumplir con lo dispuesto en los artículos 3º de la Ley 2213 de 2022 y 78 del C.G.P., remitiendo simultáneamente a los demás sujetos procesales, vía electrónica, un ejemplar del escrito de alegatos que radiquen ante esta Sala, debiendo allegar la respectiva constancia de envío. Frente a la solicitud probatoria elevada por el apoderado judicial del demandante, se advierte que si bien las partes pueden acudir a cualquier medio de prueba que consideren útil para obtener el convencimiento del juez, lo cierto es que tratándose de la reclamación administrativa, existe una solemnidad ad sustancian actus, que según el artículo 6 del Código Procesal Laboral, consiste en una reclamación escrita que se agota con la decisión de la administración, a menos que haya operado el silencio administrativo negativo.

En consecuencia, atendiendo lo dispuesto en el artículo 60 del Código Procesal Laboral, el despacho considera que los testimonios no resultan idóneos para probar el agotamiento de la vía administrativa y en consecuencia negará la solicitud probatoria. Por lo expuesto, la Sala Unitaria Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto y sustentado por el apoderado judicial de la parte demandante, contra el auto que declaró prospera la excepción de falta de competencia por falta de agotamiento de la reclamación administrativa, proferido el 16 de septiembre de 2024, por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ipiales.

SEGUNDO: Ejecutoriada esta decisión CORRASE TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días para que presenten alegatos escritos.

TERCERO: REQUERIR a las partes para que remitan a los demás sujetos procesales un ejemplar del escrito de alegatos y alleguen a la secretaria de esta Corporación constancia de envío.

CUARTO: NEGAR la solicitud probatoria elevada por el apoderado judicial del demandante, por las razones antes expuestas. Surtidos los traslados, se fijará fecha para proferir decisión de forma escrita.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN CARLOS MUÑOZ Magistrado Ponente Sin necesidad de firma - Artículo 2° inciso 2º Ley 2213 de 2022 RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO SALA LABORAL HOY 11 DE OCTUBRE DE 2024 NOTIFICO LA ANTERIROR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRONICOS LISSETE ANDREA MANTILLA PEREZ SECRETARIA