Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: Avoca05001310500820180062501

Sala: SALA LABORAL

Rad.: 05001 31 05 008 2018 00625 01 Demandante: María Cristina Osorio Pérez en representación de su hijo Emanuel Torres Osorio Demandados: Protección S.A y otras REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA SÉPTIMA DE DECISIÓN LABORAL Medellín, veintiocho (21) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) De conformidad con el Acuerdo No. PCSJA223-12124 del 19 de diciembre de 2024, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, y en cumplimiento a la orden contenida en el Acuerdo No. CSJANTA24-101 del 25 de abril de 2024 emanado del Consejo Seccional de la Judicatura, se AVOCA conocimiento del presente asunto.

Luego, se emitirá sentencia por escrito, sin fijación previa de fecha, la que se notificará por EDICTO, que se fijará por secretaria por el término de un día.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ANDRÉS MAURICIO LÓPEZ RIVERA MAGISTRADO