Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Adm Consulta 004-2023-00221-01 Hector Daza

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 73001-31-05-004-2023-00221-01 Asunto: Proceso ordinario laboral - Consulta Demandante: Héctor William Daza Barreiro Demandado: Colpensiones REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: Demandada: Asunto: 73001-31-05-004-2023-00221-01 Héctor William Daza Barreiro Colpensiones Ordinario laboral -Consulta Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué – Tolima, veintisiete (27) de agosto de dos mil veinticuatro (2024).

Se revisa en grado jurisdiccional de consulta a favor de la parte demandante, la sentencia proferida el 13 de agosto de 2024 por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibagué. De acuerdo con lo previsto en la Ley 2213 de 13 de junio de 2022¸artículo 13, ejecutoriada esta providencia se CORRE TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término común de cinco (5) días.

Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f4341e74433edcab51c00104f870aec11e26bbfd8e4f5a002a3c6276d62f050c Documento generado en 28/08/2024 10:57:09 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica