TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA QUINTA DE DECISIÓN LABORAL SICGMA MAGISTRADO SUSTANCIADOR: EBERTH DAWRIN MENDOZA PALACIOS Bucaramanga, veintitrés (23) de Julio de dos mil veinticuatro (2024) Radicación Única: Radicado Interno: Demandante: Demandado: Temas: Decisión: 68081.31.05.001.2021.00074.01 2024-866 NENCI MARTINEZ NAVARRO.
CLÍNICA SAN JOSE S.A.S. Estabilidad laboral reforzada – ineficacia del despido. Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la demandada CLÍNICA SAN JOSÉ S.A.S., contra la sentencia proferida en audiencia del cuatro (04) de julio de 2024 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barrancabermeja. EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte apelante para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días.
VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.
Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 356d9247bee523417acc425a2736b936810be521267e122e53e559be1ab9c283 Documento generado en 23/07/2024 10:08:17 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Palacio de Justicia – Calle 35 entre carrera 11 y 12.
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