REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, veintidós (22) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral Dairo Soto Peñaranda Proyecto Soto Norte S.A.S. 68001-31-05-001-2024-00031-00 2025-0503 Decreto Prueba y Excepción Previa Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante DAIRO SOTO PEÑARANDA contra el auto que decretó pruebas, y la demandada PROYECTO SOTO NORTE S.A.S., contra el auto que declaró no probada excepción previa, proferidos el diecinueve (19) de marzo de 2025 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga.
EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.
Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f580bc7513d6c3d4547a6c0f9926bfebab635d1361429b4da364e19ab7032d47 Documento generado en 22/08/2025 11:40:28 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica