Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 043-2022- 00495 01 DRA AYAZO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

R.I. 16671 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ - SALA CIVIL Bogotá D.C., diecinueve (19) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Rad. 110013103043 2022 00495 01 En atención a que el expediente de la referencia fue abonado correctamente a este despacho, y como quiera que se cumplen las exigencias que contempla el inciso 2º numeral 3º del artículo 322 del Código General del Proceso, se DISPONE:

PRIMERO: ADMITIR, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por los demandantes, HDI Seguros S.A antes Liberty Seguros S.A, la sociedad Permoda LTDA y el señor Edgar Giovanni Ávila Cortes contra la sentencia proferida el 27 de septiembre de 2024, por el Juzgado Cuarenta y Tres Civil del Circuito de Bogotá.

SEGUNDO: IMPRIMIR a este caso el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, para resolver el citado mecanismo de alzada.

TERCERO: De conformidad con el inciso 3° del artículo 12 ibidem, se corre traslado a los apelantes por el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta decisión, para que sustenten exclusivamente los reparos que fueron promovidos en el primer grado.

CUARTO: Cumplido lo anterior, por secretaría córrase traslado al extremo contrario por el mismo plazo, en aras de que, si bien lo tiene, se pronuncien sobre el particular, de acuerdo con lo reglado en la citada norma.

QUINTO: Una vez lleguen a su fin los lapsos en comento, reingrese el plenario al despacho para resolver esta segunda instancia. Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH Magistrada Firmado Por: Rad. 11001310300120200018102 Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 457a80c3099677f2d8b80c5fc334548ab5baec1f65fe13fa3462dcdecac431f1 Documento generado en 19/12/2024 09:47:01 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica