Bogotá, D. C., veintitrés (23) de abril de dos mil veintiséis (2026) MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ACOSTA BUITRAGO DEMANDANTES DEMANDADOS CLASE DE PROCESO PABLO EMILIO HASTAMORIR GARZÓN y SANDRA MILENA ACOSTA CASTRO PEDRO y CAMPO ELÍAS HASTAMORIR GARZÓN SOLICTUD DE CAMBIO DE RADICACIÓN Si bien el Consejo Seccional de la Judicatura, a través de la comunicación CSJBTOP26-227 del 18 de febrero del año en curso, señaló que, previo a la remisión de la petición de cambio de radicación formulada en nombre propio por quienes fungen como demandados dentro del proceso divisorio radicado con el No. 11001310303520220035200, que cursa en el Juzgado 35 Civil del Circuito de esta ciudad, requirió a ese despacho judicial “con el fin de que rindiera un informe sobre el estado actual del proceso civil, decisiones adoptadas, recursos interpuestos y su estado actual, así como cualquier otra circunstancia relevante para efectos de la verificación administrativa correspondiente”, solicitud que fue atendida por la titular del despacho al remitir la información correspondiente por correo electrónico en esa misma fecha (Única instancia, Principal, ExpedienteRemitido, RV_ COMUNICA OFICIO CSJBTOP26-227 (1), Informe vigilancia 11001310303520220035200 (1).eml), el caso se remitió al tribunal bajo la consideración de que no era una vigilancia judicial sino un cambio de radicación, pero faltó el informe que requiere la ley procesal.
En consecuencia, de conformidad con los previsto en el núm. 6º del art. 31 del C.G.P., que remite al art. 8º del art. 30 ibidem, solicítesele a esa Corporación, que en el término de diez (10) días rinda concepto previo, con el fin de determinar la posible existencia de deficiencias de gestión y celeridad en el trámite del proceso. Así mismo, comuníquesele al Juzgado mencionado sobre la iniciación del presente trámite.
Secretaría libre las comunicaciones necesarias. Código Único de Radicación: 11001220300020260077200 Radicación Interna 6851
NOTIFIQUESE, Código Único de Radicación: 11001220300020260077200 Radicación Interna 6851