Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 05.A_SUS_T(2025-00130-00) admite tutela

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Radicación: 41001-22-14-000-2025-00130-00 Auto de sustanciación No. 0311 Neiva (H), veintitrés (23) de abril de dos mil veinticinco (2025) Ref. Acción de tutela promovida por CATALINA JARAMILLO SÁNCHEZ actuando en representación de su hija menor de edad E.C.J. en frente del JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE NEIVA.

CATALINA JARAMILLO SÁNCHEZ actuando en representación de su hija menor de edad E.C.J., acude a esta acción para obtener el amparo de los derechos fundamentales de su hija, presuntamente vulnerados por el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE NEIVA, al interior del proceso ejecutivo de alimentos, identificado con radicado No. 41001311000320240046100.

En consecuencia, se DISPONE:

PRIMERO. IMPRIMIR el trámite correspondiente a esta acción de amparo promovida por la señora CATALINA JARAMILLO SÁNCHEZ actuando en representación de su hija menor de edad E.C.J., en frente del JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE NEIVA.

SEGUNDO. VINCULAR a este trámite al señor DIEGO ANDRÉS CUADROS PINTO, así como a los demás intervinientes en el proceso ejecutivo de alimentos, identificado con radicado No. 41001311000320240046100, toda vez que sus intereses pueden verse afectados con la decisión a emitirse. 1 Radicación: 41001-22-14-000-2025-00130-00 TERCERO. OFICIAR al juzgado accionado para que rinda el informe de que trata el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, sobre los hechos que fundamentan la solicitud de amparo constitucional, y remita por medio magnético las actuaciones desplegadas con relación a la misma, asimismo, deben remitir el enlace de acceso al expediente relacionado en el párrafo primero de este auto.

CUARTO. OFICIAR al JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE NEIVA, para que informe de manera inmediata, los datos de notificación de los vinculados e intervinientes en el proceso objeto de tutela.

QUINTO. INFORMAR al accionado y vinculados que cuentan, para pronunciarse sobre los hechos materia de amparo, con dos (02) días, siguientes a la notificación de este proveído.

SEXTO. TENER como pruebas las presentadas en el escrito de tutela y que serán analizadas en la oportunidad pertinente.

SÉPTIMO. COMUNICAR esta decisión a las partes por correo electrónico, remitiendo al accionado y vinculados, copia de la acción de tutela y sus anexos.

NOTIFÍQUESE. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Firmado Por: Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 682eaceaee0f04f4a46d04b92ed1730bdacb659321bb751f06a9bf5dcf3ed80e Documento generado en 23/04/2025 02:09:03 PM 2 Radicación: 41001-22-14-000-2025-00130-00 Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3