Apelación de Sentencia – Ejecutivo Banco de Occidente Vs Jorge Eduardo Amezquita Naranjo y otro Rad. 76001-3103-005-2023-00103-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI DECISIÓN UNITARIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Santiago de Cali, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Procédese a resolver sobre la admisión del recurso de apelación propuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia proferida el 27 de febrero de 2024 por el Juzgado 5º Civil del Circuito, en el proceso ejecutivo propuesto por BANCO DE OCCIDENTE en contra de JORGE EDUARDO AMEZQUITA NARANJO y LUCIANO GÓMEZ VALLECILLA, por lo que el suscrito Magistrado, RESUELVE:
PRIMERO. Admítese en el efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, de conformidad con los Art. 323 y 327 del C.G.P.
SEGUNDO. En consecuencia, obsérvese, por las partes y por Secretaría, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Vencidos los términos anteriores, ingrese para proferir la respectiva sentencia. Las partes deberán remitir los escritos de sustentación y réplica, o cualquier otra solicitud, al correo institucional de la Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación: sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co TERCERO. Prorrogar el término para dictar sentencia de segunda instancia, por seis (6) meses más, contados a partir del fenecimiento del lapso que la norma en cita concede inicialmente.
NOTIFÍQUESE. (Firmado Electrónicamente) JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Magistrado Apelación de Sentencia – Ejecutivo Banco de Occidente Vs Jorge Eduardo Amezquita Naranjo y otro Rad. 76001-3103-005-2023-00103-01 Firmado Por: Jose David Corredor Espitia Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2ef7c205dcb292f4516e3ecd9b6c4beee416e79c61cd3b3ad8057337eb958161 Documento generado en 23/10/2024 01:48:24 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica