Micelio

auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO DESISTIMIENTO - ORD. LABORAL 2023-00134-01

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SANTANDER Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Civil Familia Laboral San Gil Ref. Ordinario laboral instaurado por Miguel Ángel Martínez Sierra y otra en contra de Moisés Abril Morales. Rad. 68679-3105-001-2023-00134-01 Magistrado Sustanciador: DR. CARLOS AUGUSTO PRADILLA TARAZONA San Gil, dos (02) de julio de dos mil veinticuatro (2024).

ASUNTO: Procede la Sala Unitaria a resolver la petición de desistimiento presentada por el apoderado judicial de los demandantes.

ANTECEDENTES: Dentro del proceso de la referencia, el apoderado judicial de los demandantes, interpuso recurso de apelación en contra del auto Rad. No. 2023-00134 Página 1 proferido el 03 de octubre de 2023, por medio del cual, el Juzgado Laboral del Circuito de San Gil, dispuso el rechazo de la demanda. Encontrándose el recurso en trámite ante la segunda instancia, los demandantes desisten del recurso interpuesto en contra del precitado proveído.

CONSIDERACIONES: De acuerdo con lo expuesto por el apoderado judicial de los demandantes, es evidente que la petición está encaminada al desistimiento del recurso de apelación interpuestos en contra del auto de rechazo de la demanda proferido el 03 de octubre de 2023. Se encuentra previsto en el art. 316 del C.G.P. que, las partes pueden desistir de los recursos interpuestos.

Significa lo anterior, que su aceptación determina, que la providencia recurrida quede en firme. Verificada la normatividad vigente, en el caso sub-lite la solicitud ha sido presentada en legal forma, por lo tanto, se impone su aceptación, sin que haya lugar a condena en costas. Siendo ello así, se

RESUELVE

Primero: Tener por desistido el recurso de apelación que interpusieron los demandantes, contra el auto de rechazo de la demanda proferido el 03 de octubre de 2023 por el Juzgado Laboral del Circuito de San Gil, conforme a lo expuesto anteriormente. Rad. No. 2023-00134 Página 2 Segundo: Sin costas procesales. Tercero: Una vez ejecutoriada esta decisión, devuélvase el expediente digital al Juzgado de origen.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE, CARLOS AUGUSTO PRADILLA TARAZONA. Magistrado. Firmado Por: Carlos Augusto Pradilla Tarazona Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 36070243625842d1deea0cecaa89db32d21ae8c4117ece0fbfb0dddae13e1704 Documento generado en 02/07/2024 09:12:33 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Rad.

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