Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, diecinueve (19) de febrero de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Radicado: Demandante: Demandado: Providencia Tema: Decisión: Sustanciador/ponente OTRAS ACCIONES CONSTITUCIONALES POPULAR 05001 31 03 005 2024 00017 01 NATALIA BEDOYA BETANCUR AUDIFARMA S.A. Auto Calificación demanda acción popular Admite Sergio Raúl Cardoso González Con fundamento en los artículos 320, 322 y 325 del Código General del Proceso, el despacho admitirá el recurso apelación de la sentencia emitida por el cumplimiento de los requisitos, toda vez que: i) fue interpuesto por la parte a quien le fue desfavorable la decisión, ii) se presentó oportunamente después de pronunciado el fallo escrito, precisando los reparos concretos, iii) no se advierte omisión en la decisión respecto de eventuales demandas de reconvención o procesos acumulados y, adicionalmente, iv) se remitió el expediente digital de manera completa, atendiendo razonablemente las exigencias del Protocolo para la Gestión de Documentos Electrónicos, Digitalización y Conformación del Expediente para el trámite y decisión. Para el trámite y decisión, se dará aplicación del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 y el artículo 37 de la Ley 472 de 1998, por lo que este despacho.
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la apelación contra la sentencia de la acción popular de la referencia, interpuesta por el demandante.
SEGUNDO: CONCEDER a la parte apelante la oportunidad para sustentar el recurso de conformidad con el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, el término para el efecto comenzará a contar a partir de la ejecutoria del presente auto. Radicado Nro. 05001 31 03 005 2024 00017 01 TERCERO: ORDENAR a la Secretaría controlar el término legal y rendir el informe correspondiente.
NOTIFÍQUESE (Firma electrónica) SERGIO RAÚL CARDOSO GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Sergio Raul Cardoso Gonzalez Magistrado Sala 001 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8795a352a6f649f2d7e3bd45704c138be261ff99958c91219817552a2786ea3f Documento generado en 19/02/2025 09:39:53 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Radicado Nro. 05001 31 03 005 2024 00017 01