TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada sustanciadora Auto Interlocutorio N° 18 Expediente No. 76-520-31-05-002-2024-00094-01 Guadalajara de Buga, veintitrés (23) de enero de dos mil veintiséis (2026). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia N° 075 del 05 de diciembre de 2025, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral de Primera Instancia promovido por FERNANDO MENESES LOZANO contra ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES.
Asimismo, SE ADMITE el grado jurisdiccional de consulta a favor de COLPENSIONES respecto de todo lo no apelado. Así mismo, en atención a lo establecido en artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se procede a ordenar el traslado a las partes para que presenten sus alegatos de conclusión, iniciando por la parte recurrente por el término de cinco (5) días hábiles y continuando sucesivamente por los no recurrentes por otros cinco (5) días hábiles.
Finalizado el traslado, regrese el proceso al despacho para proferir por escrito la sentencia correspondiente. De otro lado, atendiendo lo dispuesto en el artículo 54 del C.P.T y S.S, el cual reviste de facultades oficiosas al juez laboral, se ORDENA a COLPENSIONES remita copia de la historia laboral actualizada del señor Fernando Meneses Lozano, dentro del término de tres (03) días Notifíquese en Estado.
Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d56b97ded0b095264a9f315a1d31c80a7c1009dcdf6d42f589fd9b89f98664a6 Documento generado en 23/01/2026 01:16:24 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica