REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá, D.C., primero (1°) de julio de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandado Radicado Instancia Decisión Ejecutivo Orlando Cabeza Peñaranda Organización Terpel S.A. 110013103033 2023 00259 02/01 Segunda – apelación sentencia Acepta desistimiento recurso de apelación Teniendo en cuenta lo manifestado en el escrito que precede1, así como lo previsto en el artículo 316 del Código General del Proceso, se dispone: 1.
Aceptar el desistimiento que hace el apoderado judicial del ejecutante Orlando Cabeza Peñaranda, respecto del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia calendada 23 de enero de 2025, proferida por el Juzgado 53 Civil del Circuito de esta ciudad. Por lo precedente, inocuo resulta desarrollar en esta Sede la contradicción de la prueba pericial que dispuso este Tribunal en pronunciamiento adiado 27 de junio último2, al dirimir la alzada atemperada frente a la decisión emitida el mismo 23 de enero hogaño, con la que el a quo prescindió de tal medio suasorio y de contera negó su práctica. 1 Archivo “009Solicituddesistimiento” Carpeta “002SegundaInstancia” Archivo “005AutoRevoca.pdf” de la carpeta de “002SegundaInstancia” del radicado 11001310303320230025903. 2 Exp. 110013103033 2023 00259 02/01 2.
Abstenerse de condenar en costas, por no aparecer causadas. 3. Ordenar que la Secretaría deje las constancias en los trámites de los recursos de apelación tanto de la sentencia, como del auto; y envíe el expediente al Estrado de origen. Ofíciese. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c7696fe7d4d0357f6e9e40ea275a62d49f9b4c99a5d04321cf3431fbff9b05e3 Documento generado en 01/07/2025 04:23:52 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica