Doctora ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Ponente TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA Sala Primera de Decisión Civil, Familia, Laboral. E. S. REF.DEMANDANTE.DEMANDADO.RADICACION.Asunto: D. Proceso Ordinario Laboral Segunda Instancia ROSSVELT VALDERRAMA CHALA GLOBALAGRO NEIVA S.A.S. y MACUL S.A.S. 41-298-31-05-001-2023-00062-01 RECURSO DE REPOSICIÓN EN CONTRA DEL AUTO DEL 11 DE OCTUBRE DE 2024 – ADMITE RECURSO DE APELACIÓN - DANIEL FERNANDO VARGAS ROJAS, mayor de edad, vecino de la ciudad de Neiva, identificado con C. C. 1.003.812.535 de Neiva, Abogado con T. P. No. 405.197 del C. S. de la J., obrando en calidad de Apoderado Judicial de las sociedades demandadas GLOBALAGRO NEIVA S.A.S. y MACUL S.A.S. dentro del radicado de la referencia; con todo respeto y en término legal, acudo a ese honorable Tribunal, para interponer RECURSO DE REPOSICION PARCIAL contra el numeral segundo del Auto proferido por ese Despacho Judicial adiado 11 de Octubre de 2.024, por medio del cual se ADMITE el Recurso de Apelación formulado contra la Sentencia del 25 de septiembre hogaño proferida por el Juzgado Único Laboral del Circuito de Garzón Huila, habida cuenta de que ese alto Tribunal previo a expedir el auto que se recurre, omite decretar la práctica de prueba testimonial del señor NESTOR OLIMPO ORTIZ POLANIA que fuera solicitada al margen del recurso de alzada formulado, y a la luz del inciso 2º del Art. 83 del C. P. del T. y de la S.S., como seguidamente paso a pronunciarme en los siguientes términos. Como viene de verse, no sólo dentro de los reparos y sustentación del Recurso de Apelación que fuera interpuesto en oportunidad contra la sentencia de primera instancia del 25 de septiembre de 2.024, sino también en el escrito de ADICIÓN A LA APELACIÓN que también en oportunidad procesal se allegará al expediente, SOLICITÉ ante el Tribunal de la segunda instancia por considerarlo pertinente, se ordenara la recepción del testimonio del señor NESTOR OLIMPO ORTIZ POLANIA, ya que dicha prueba testimonial a pesar de haber sido decretada por el Juez de Primera instancia en auto del 5 de agosto de 2.024 y sin culpa de esta parte solicitante, se dejó de practicar en audiencia del 25 de septiembre hogaño pese la pertinencia y conducencia de esta prueba, pues como se dijo en la sustentación del recurso, el testimonio del señor ORTIZ POLANIA es importante para el proceso, porque finalmente es quien en concreto determina con total claridad, quién es el dueño de los porcinos para quien la parte actora prestó su fuerza de trabajo que reclama declarar en este juicio.
OFICINA PRINCIPAL Calle 7 No. 7-09 “Edificio Séptima Avenida” Oficina 502 Telefax. (098)8571842 Celular 311-2829727 Email: daniel615vargas@hotmail.es NEIVA – HUILA Se rememora que el recurso de reposición es un medio de impugnación de las providencias judiciales, cuya función consiste en que el mismo funcionario que la profirió, pueda corregir los errores de juicio y, eventualmente, de actividad que aquéllas padezcan, como consecuencia de lo cual podrán ser revocadas, modificadas o adicionadas; es por esta razón que se solicita a ese honorable Tribunal se REPONGA el numeral Segundo de la providencia del 11 de octubre de 2.024, para que en su lugar y como lo ordena el numeral 1º del Art. 13 de la Ley 2213 de 2.022, se ordene la recepción del testimonio del señor NESTOR OLIMPO ORTIZ POLANIA, fijando para tal efecto fecha de audiencia virtual para dicho propósito.
Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el inciso 2º del Art. 83 del C. P. del T. y de la S.S., y numeral 1º del Art. 13 de la Ley 2213 de 2.022. Por tanto por ser procedente, respetuosamente solicito a esa honorable magistratura, se REPONGA el numeral Segundo de la providencia del 11 de octubre de 2.024, para que en su lugar y como lo ordena el numeral 1º del Art. 13 de la Ley 2213 de 2.022, se decrete la recepción del testimonio del señor NESTOR OLIMPO ORTIZ POLANIA, fijando para tal efecto fecha de audiencia virtual para dicho propósito, y posteriormente el traslado común para las partes para alegar de conclusión. De la Señora Magistrada con todo respeto, OFICINA PRINCIPAL Calle 7 No. 7-09 “Edificio Séptima Avenida” Oficina 502 Telefax.
(098)8571842 Celular 311-2829727 Email: daniel615vargas@hotmail.es NEIVA – HUILA 22/10/24, 4:50 p.m. Correo: Maria Margarita Alvarado Parra - Outlook Outlook RV: RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA AUTO ADMITE APELACIÓN - LABORAL SEGUNDA INSTANCIA RADIC.- 2023-00062-01 Desde Geraldine Cuellar Bravo <gcuellab@cendoj.ramajudicial.gov.co> Fecha Mié 16/10/2024 17:07 Para ESCRIBIENTES <esctsnei@cendoj.ramajudicial.gov.co> 1 archivos adjuntos (578 KB) RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA AUTO TRIBUNAL ADMITE RECURSO APELACIÓN.pdf;
De: Secretaría Sala Civil Familia - Huila - Neiva <secscnei@cendoj.ramajudicial.gov.co> Enviado: miércoles, 16 de octubre de 2024 7:44 Para: Geraldine Cuellar Bravo <gcuellab@cendoj.ramajudicial.gov.co> Asunto: RV: RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA AUTO ADMITE APELACIÓN - LABORAL SEGUNDA INSTANCIA RADIC.- 2023-00062-01 Jimmy Acevedo Barrero Secretario De: Daniel Fernando Vargas Rojas <daniel615vargas@hotmail.es> Enviado: martes, 15 de octubre de 2024 4:57 p. m. Para: Secretaría Sala Civil Familia - Huila - Neiva <secscnei@cendoj.ramajudicial.gov.co>; abogado.carloscardozo@hotmail.com <abogado.carloscardozo@hotmail.com> Asunto: RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA AUTO ADMITE APELACIÓN - LABORAL SEGUNDA INSTANCIA RADIC.2023-00062-01 No suele recibir correos electrónicos de daniel615vargas@hotmail.es.
Por qué esto es importante Doctora ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Ponente TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA Sala Primera de Decisión Civil, Familia, Laboral. E. S. D. REF.DEMANDANTE.DEMANDADO.RADICACION.- Proceso Ordinario Laboral Segunda Instancia ROSSVELT VALDERRAMA CHALA GLOBALAGRO NEIVA S.A.S. y MACUL S.A.S. 41-298-31-05-001-2023-00062-01 https://outlook.office.com/mail/id/AAQkAGY2M2I1MjllLTg2YjMtNGJjNi1iN2EyLTU3OTYxMGQwOWU1ZgAQAJWizkd09wJIgO3NglgtNrk%3D?cc=eyJh… 1/2 22/10/24, 4:50 p.m. Correo: Maria Margarita Alvarado Parra - Outlook Asunto: RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA AUTO DEL 11 DE OCTUBRE DE 2024 – ADMITE RECURSO DE APELACIÓN - CON TRASLADO ANTICIPADO Atentamente, DANIEL FERNANDO VARGAS ROJAS C. C. 1.003.812.535 de Neiva T. P. No. 405.197 del C. S. de la J. Apoderado Partes Demandadas https://outlook.office.com/mail/id/AAQkAGY2M2I1MjllLTg2YjMtNGJjNi1iN2EyLTU3OTYxMGQwOWU1ZgAQAJWizkd09wJIgO3NglgtNrk%3D?cc=eyJh… 2/2