Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310500420210030001 Auto

Sala: SALA LABORAL

05001310500420210030001 DTE: DIANA MARÍA DELGADO VÉLEZ DDO: COLPENSIONES y PROTECCIÓN S.A. TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN – SALA LABORAL Medellín, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco. Una vez puesta en traslado de la solicitud de terminación del proceso por carencia de objeto, se allegó pronunciamiento de Protección S.A. en el que solicitó se diera prosperidad a ello, en atención a que la certificación SIAFP da cuenta que la actora se trasladó a Colpensiones el 28 de agosto de 2024, por otra parte, no se allegó pronunciamiento de la activa al respecto.

Para esta Sala, el silencio de la parte actora a la terminación del proceso evita que se configure una carencia de objeto, en consideración a las consecuencias que implica la declaratoria de ineficacia de la afiliación al RAÍS, de cumplirse las condiciones legales y jurisprudenciales para su prosperidad, y por tanto, constituye una razón para continuar con su trámite hasta tanto se dirima el litigio o, se presente una de las causales esbozadas en el Código General del Proceso para la terminación anormal, aplicable por analogía al Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social (artículo 145).

Conforme lo anterior, se ordena dar continuidad con el trámite del proceso en segunda instancia. 05001310500420210030001 DTE: DIANA MARÍA DELGADO VÉLEZ DDO: COLPENSIONES y PROTECCIÓN S.A. Notifíquese, Jaime Alberto Aristizábal Gómez John Jairo Acosta Pérez Francisco Arango Torres Firmado Por: Jaime Alberto Aristizabal Gomez Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia John Jairo Acosta Perez Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Francisco Arango Torres Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 60e20e03ed6bdd82b7ead427e4c7adbb55006a77183b58db4afb921ebedd3918 Documento generado en 25/09/2025 04:25:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica