Magistrado Julián Valencia Castaño Auto S. No: Procedimiento: Demandante: Demandada: Radicado: Asunto: 046 de 2024 Verbal con disposición especial Empresas Públicas de Medellín E.S.P. Agropecuaria Yerbazal S.A. 05001 31 03 016 2020 00270 02 Admite apelación y da traslado. TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, veintiséis (26) de agosto del dos mil veinticuatro (2024) De conformidad con lo previsto en el artículo 323 del C. G. del P. y, con lo instituido en el artículo 325 ibíd., concordado con el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se ADMITE en el efecto DEVOLUTIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, frente a la sentencia proferida por el Juzgado Décimo Sexto Civil del Circuito de Medellín, el día 29 de agosto de 2023 complementada el 30 de enero de 2024, dentro del proceso de la referencia. Ante la evidente irregularidad del tiempo transcurrido entre la interposición del recurso y la remisión del expediente a esta Corporación, se ordena compulsar copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial, para que, de conformidad con el artículo 87 de la Ley 1952 de 2019, adelante las actuaciones e indague lo que estime pertinente sobre la posible irrupción en una falta disciplinaria del secretario -art. 324 C. G. del P.- y el funcionario del Despacho donde se adelantó el trámite del proceso en primera instancia La parte apelante, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto, deberá presentar, la sustentación del recurso de apelación so pena de declararse desierto, misma que versará sobre los reparos concretos que blandió en primera instancia, el recurso de apelación. Vencido dicho término, de la sustentación presentada –si a ello hubiera lugar- se corre traslado por el término de cinco (5) días a la parte contraria.
Las alegaciones respectivas, se enviarán al correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín - secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JULIÁN VALENCIA CASTAÑO Magistrado “Al servicio de la justicia y la paz social” 1