REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA UNITARIA LABORAL ORDINARIO LABORAL No. 520013105004-2022-00004-01 (364) GILBERTO ENRIQUE BENITEZ ESPAÑA vs SALUDCOOP CLINICA LOS ANDES S.A. EN LIQUIDACIÓN APELACIÓN DE AUTO San Juan de Pasto, siete (7) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Teniendo en cuenta que el apoderado judicial de la parte demandada SALUDCOOP CLINICA LOS ANDES S.A. EN LIQUIDACIÓN interpone y sustenta en término recurso de apelación contra el auto proferido el 26 de julio de 2024, por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Pasto, mediante el cual resolvió la excepción previa de falta de jurisdicción o de competencia, se dispondrá su admisión. Ejecutoriada la providencia se correrá traslados a las partes en los términos establecidos en el numeral 2° del artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.
Se advierte a las partes que es imperativo cumplir con lo dispuesto en los artículos 3º de la Ley 2213 de 2022 y 78 del C.G.P., remitiendo simultáneamente a los demás sujetos procesales, vía electrónica, un ejemplar del escrito de alegatos que radiquen ante esta Sala, debiendo allegar la respectiva constancia de envío. Por lo expuesto, la Sala Unitaria Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto y sustentado por el apoderado judicial de la parte demandada SALUDCOOP CLINICA LOS ANDES S.A. EN LIQUIDACIÓN, contra el auto que resolvió la excepción previa de falta de jurisdicción o de competencia, proferido el 26 de julio de 2024, por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Pasto.
SEGUNDO: Ejecutoriada esta decisión CORRASE TRASLADO CONJUNTO a las partes por el término de cinco (5) días para que presenten alegatos escritos.
TERCERO: REQUERIR a las partes para que remitan a los demás sujetos procesales un ejemplar del escrito de alegatos y alleguen a la secretaría de esta Corporación constancia de envío.
CUARTO: Surtidos los traslados, se fijará fecha para proferir decisión de forma escrita.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN CARLOS MUÑOZ Magistrado Ponente Sin necesidad de firma - Artículo 2° inciso 2º Ley 2213 de 2022 RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO – SALA LABORAL HOY, 8 E OCTUBRE DE 2024 NOTIFICO LA ANTERIOR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRONICOS ___________________________________________________ LISSETE ANDREA MANTILLA PEREZ Secretaria