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auto — Tribunal Superior de Cundinamarca

Radicado: 2019-00700 AutoObedecerYCumplir

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE CUNDINAMARCA SECRETARÍA SALA LABORAL Bogotá D. C., 30 de enero de 2026 Expediente N°: Demandante: Demandado: 25286-31-05-001-201920-00700-01 MARÍA SACRAMENTO ORJUELA GARCÍA ÁNGEL MARÍA VILLADA CAICEDO Ingresa al despacho, proveniente de la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral, con providencia del 13 de agosto de 2025, mediante la cual resolvió no casar la sentencia dictada por esta Corporación y, ordenó la devolución del expediente.

Atentamente, REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE CUNDINAMARCA SECRETARÍA SALA LABORAL Bogotá D. C., tres (03) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Visto el informe secretarial que antecede: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo ordenado por la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral. En firme este auto, DEVUÉLVASE el expediente al juzgado de origen.

Firmado Por: Martha Ruth Ospina Gaitan Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Laboral Tribunal Superior De Cundinamarca - Cundinamarca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 08505c922e81b7c6679ea8b770208411e356d5239caf092ac7be4bb426ce2f73 Documento generado en 03/02/2026 08:47:56 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica