REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., veintiocho (28) de junio de dos mil veinticuatro (2024) En virtud de la condena en costas al demandante se fija como agencias en derecho la suma de dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes, conforme con numeral 1° del artículo 5° del Acuerdo 10554 de 2016 del Consejo Superior de la Judicatura.
CUMPLASE, R.A.B. 11001310304920220010602