TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., quince (15) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Asunto: Proceso verbal de Yamile Ortiz Montenegro contra los herederos determinados e indeterminados de Jenny Forero Guzmán, Mercedes Emilia Moreno Cortes y terceros indeterminados. Radicado. 05 2023 00206
01. SE ADMITE en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la demandante contra la sentencia que profirió el Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá el 6 de septiembre de 2024, dentro del presente asunto. Las partes deberán tener en cuenta lo establecido en el inciso 3º del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, a cuyo tenor: “Ejecutoriado el auto que admite el recurso o el que niega la solicitud de pruebas, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes”, vencidos los cuales la contraparte deberá descorrer, si a bien lo tiene, el correspondiente traslado; términos que comenzaran a contabilizarse desde la ejecutoria de esta determinación. Además, los litigantes atenderán el contenido del numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso, so pena de imposición de multa.
Los escritos o memoriales con destino a este asunto remítanse al correo electrónico del Secretario Judicial de esta Corporación secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Cumplido lo anterior, ingrésese el expediente al despacho con informe pormenorizado de Secretaría, para proveer lo que en derecho corresponda. Notifíquese, MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada 05 2023 00206 01.
Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 31fb8d22cdc2f3683893614b4b6855665536587c2d7f5f9708201d6ba1f23bba Documento generado en 15/10/2024 02:29:18 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica