Recurso extraordinario de revisión. Rad. 2024-00135-00. REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ SALA CIVIL – FAMILIA Ibagué, veintinueve (29) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Recurso extraordinario de revisión Demandante: Javier Fernández Trujillo. Radicación: 73001-22-13-000-2024-00135-00.
En obedecimiento y cumplimiento de lo resuelto en providencia del 20 de septiembre del año que corre, se impone resolver acerca de la admisibilidad del presente asunto, advirtiendo razones que se oponen a que se abra paso, como pasa a verse: Revisada la demanda junto con sus anexos, se observa que no se especificó de manera clara y detallada en qué consistía la fuerza mayor que imposibilitó la aducción de los documentos que habrían variado la decisión adoptada.
Asimismo, en relación con las escrituras públicas números 635 del 2 de junio de 1944, 1026 del 27 de julio del mismo año y la 763 del 30 de abril de 1962, que tocan con bienes diferentes al objeto de la reivindicación denominado “La aldea”, no se desarrolla en los hechos relato que explique tal circunstancia. Igualmente, no se explicó de manera precisa la colusión o maniobra fraudulenta en que incurrió la parte demandante en el proceso reivindicatorio y que influyó en la sentencia proferida.
Por último, no se determinó con claridad la razón por la cual el actor podría estar en la situación de indebida representación, o falta de notificación o emplazamiento dentro del asunto de marras. Como quiera que se echa de menos el requisito formal previsto en el numeral 4º del artículo 357 del C.G.P., se impone inadmitir la demanda conforme lo manda el artículo siguiente del mismo estatuto.
En mérito de lo expuesto el Despacho, 1 Recurso extraordinario de revisión. Rad. 2024-00135-00.
RESUELVE
PRIMERO: INADMITIR la presente demanda de revisión.
SEGUNDO: CONCEDER a la parte actora el término de cinco (5) días para subsanar los defectos advertidos, so pena de rechazo. Notifíquese, Firmado Por: Juan Fernando Rangel Torres Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5230285cbcec73ef5f24513a8bea304e7e8171807954fb3592cb3f78269b706d Documento generado en 29/10/2024 12:08:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2