TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUCARAMANGA Despacho 05 Decisión Laboral ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Magistrada Sustanciadora AOL-502 radicado único 68001-31-05-006-2022-00051-01 Bucaramanga, cinco (05) de noviembre dos mil veinticuatro (2024) Revisadas las documentales que obran en el expediente se advierte que en escrito de 16 de mayo de 20241, el abogado Edison Orlando Oviedo Caro, efectuó solicitud de reconocimiento de personería jurídica, con soporte en documental por medio de la cual la demandada ESE Hospital San Juan de Dios de Floridablanca, a través de su representante legal [Mónica Barrios Bastidas], le otorgó poder especial2, en los términos del artículo 75 del Código General del Proceso para su trámite.
Y a su vez, el 02 de octubre de 20243, este mismo profesional del derecho presentó renuncia a dicho poder4, previa comunicación al poderdante5, de manera tal que cumple con las disposiciones del canon 76 del Código General del Proceso. En consecuencia, se DISPONE: 1 C02Principal Derivado 10Correo 10CorreoApoderadaDdaAllegaPoderSolicitudLinExpediente20240516.pdf C02Principal Derivado 11AnexaMemorialPoder.pdf 3 C02Principal Derivado 24CorreoApoderadoDdaAllegaMemorialPoder20241002.pdf 4 C02Principal Derivado 25AnexaMemorialPoder.pdf 5 C02Principal Derivado 26AnexaPantallazo.pdf 2 Radicado Interno 2024-0308 PRIMERO: ACEPTAR la renuncia al poder conferido al abogado Edison Orlando Oviedo Caro, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.520.316 de Capitanejo y Tarjeta Profesional 181.607 del Consejo Superior de la Judicatura, por la ESE Hospital San Juan de Dios de Floridablanca.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Firmado Por: Elvia Marina Acevedo Gonzalez Magistrada Sala 05 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 294a0e17b9b829a1c4eb092e5dd13464009592a3af2af63a16b2ee527e9f719f Documento generado en 04/11/2024 05:43:06 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica