Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001220300020260124200_DrFerreiraAutoRechazaRevision

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., ocho (8) de mayo de dos mil veintiséis (2026). Ref: RECURSO DE REVISIÓN de EDGARDO NIEBLES OSORIO contra la sentencia que profirió el JUZGADO 81 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ el 5 de abril de 2024 – Exp. 000-2026-01242-00 Atendiendo que en proveído de 17 de abril de 20261 se inadmitió el líbelo y, según el informe secretarial que precede2 no se presentó escrito en el que se subsanaran los defectos puestos de presente, de conformidad con el artículo 358 inciso 2º en concordancia con el 90 del C. G. del P. se RECHAZA la demanda de revisión presentada.

Como la formulación del escrito introductorio se hizo de manera digital, no hay necesidad de ordenar la devolución de los anexos. Secretaría, deje las anotaciones del caso.

NOTIFÍQUESE JORGE EDUARDO FERREIRA VARGAS MAGISTRADO 1 2 Archivo digital 006 Derivado 007