TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO Sala Civil – Familia – Laboral Magistrada Ponente CLAUDIA PATRICIA PIZARRO TOLEDO Sincelejo, diecinueve (19) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Ordinario Laboral Demandante: Martha Isabel Moreno Mazo Demandados: Fundación Vengan a mí y Descansen - FUNVEANMYDES -, Municipio de Coveñas Radicado: 70001310500120220004401 De conformidad con lo previsto en los artículos 1° y 3° del Acuerdo No. PCSJA25-12319 de fecha 22 de julio de 2025, "Por el cual se adoptan unas medidas transitorias para la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo", se ordenó la redistribución de 130 procesos en materia laboral del Despacho 04 de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, al Despacho 03 de esta misma Corporación, del cual la suscrita es magistrada titular.
Conforme a lo normado en el citado acuerdo, el Despacho 04 de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Sincelejo, mediante proveído de fecha 31 de julio de 2025 ordenó remitir a esta magistratura el expediente digital del proceso de referencia, asimismo dispuso que, por conducto de la Secretaría de la Sala se efectuaran las comunicaciones pertinentes a las partes, y las publicaciones respectivas en el micrositio web del Tribunal.
Cumplido lo anterior y en atención a lo dispuesto en el artículo 3° del referido acuerdo, la Secretaría de la Sala procedió a remitir el día 12 de agosto de la cursante anualidad, los 130 procesos laborales objeto de redistribución incluido el presente cartular. Recepcionadas y revisadas las actuaciones procesales adelantadas en el proceso de la referencia, y con el propósito de proveer sobre el asunto, se considera necesario avocar su conocimiento y disponer la comunicación de esta providencia a las partes mediante los canales digitales más expeditos.
En mérito de lo expuesto, se RESUELVE:
PRIMERO: AVÓQUESE el conocimiento del proceso de referencia, ingresado a este despacho por descongestión, en los términos expuestos en precedencia.
SEGUNDO
COMUNÍQUESE esta decisión a las partes y a sus apoderados judiciales a través de los medios digitales más expeditos. Cumplido lo anterior, regrese al Despacho para desatar el respectivo proveído.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: CLAUDIA PATRICIA PIZARRO TOLEDO Magistrada Firmado Por: Claudia Patricia Pizarro Toledo Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e110d943632e64bec0c6b55facfb767e6a1244c8c5af7b24d9f9d8c4d8062098 Documento generado en 19/08/2025 02:16:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica