Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310305320250014101_DraVelasquezAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

Ejecutivo Demandante: Coesca Colombia S.A.S Demandados: Ecoempaques Dasnelda S.A.S. y otra Rad.11001103005320250014101 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Bogotá D.C., doce (12) de febrero de dos mil veintiséis (2026).

En el efecto devolutivo, se admite el recurso de apelación formulado contra la sentencia emitida el Juzgado 53 Civil del Circuito de esta cuidad1. Por secretaría, contabilícense los términos de que trata el inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Adviértase a las partes lo dispuesto en el parágrafo del precepto 9° de esta misma Ley.

Regresen las diligencias al despacho en oportunidad. Notifíquese, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Archivo Instancia. 1 041ActaAudienciaOrdenaSeguirAdelanteConcedeApelación, Principal, Primera Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3d889b347ad69a4028da7ff8cd1571f955dc5289f8e144a9e4b977652fc57b0a Documento generado en 12/02/2026 02:57:58 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica