Radicación No:730013105001202300010-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ SALA DE DECISIÓN LABORAL Ibagué, cuatro de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Clase de proceso: Ordinario Laboral. Parte demandante: Aristarco Bautista González Parte demandada: Radicación: Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones y Otra 730013105001202300010-01 M. Sustanciador Amparo Emilia Peña Mejía Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 20 de mayo de 2025 (AL5436-2025), declaró bien denegado el recurso de casación formulado por Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías contra la sentencia de segunda instancia, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto (archivo 6 expediente electrónico actuaciones de la Corte).
De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el numeral segundo de la sentencia de segunda instancia proferida el 16 de agosto de 20241 (archivo 7 expediente electrónico de segunda instancia), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 de Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
CÚMPLASE, AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada Firmado Por: Amparo Emilia Peña Mejia Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 1 Sentencia, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué - Sala Laboral, agosto 16 de 2024, radicado 73001-31-05-0012023-00010-01: “FALLA…SEGUNDO: Costas en esta instancia a cargo de Colpensiones, Colfondos y Porvenir S.A., fijándose como agencias en derecho para cada uno de ellos la suma de $1.300.000.00” Radicación No:730013105001202300010-01 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: befb9f394b9c46f71ee819b8cf824cd59ec16268172ffe266ac27cef7184f2cc Documento generado en 04/11/2025 03:21:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica