TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEGUNDA DE DECISION LABORAL MAGISTRADO: CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DÍAZGRANADOS Barranquilla, dieciocho (18) de marzo de dos mil veintiséis (2026). RAD. INT: 78.032 RADICADO ÚNICO: 08001310501320170021501 DEMANDANTE: DANIEL AVILA CONRADO DEMANDADA: CETEC S.A, C.I COLOMBIAN NATURAL RESOURCES S.A.S, HOLDING MINERO S.A.S Y TECNICOS Y OTROS.
Avocar el conocimiento del presente proceso. Admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante DANIEL AVILA CONRADO, en contra sentencia de fecha 03 de diciembre de 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, córrase traslado a las partes para que presenten sus alegaciones; a la apelante por el término de cinco (05) días, vencido el término anterior, córrase traslado a los demás sujetos procésales (si los hubiere) por otros cinco (05) días.
En el evento que el/la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DÍAZ GRANADOS Magistrado