TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Ponente Bogotá D. C., once (11) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: RESPONSABILIDAD MÉDICA 110013103013201400432 01 ROSA MILENA VILLAREAL QUINTERO Y OTROS CLINICA PARTENON LTDA Y OTRA ADMITIR el recurso de apelación formulado por la parte demandante contra la sentencia proferida en audiencia el 26 de mayo de 2025, por el Juez 48 Adjunto Civil del Circuito Transitorio de Bogotá, de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Por lo anterior, CONCEDER al recurrente el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que proceda a SUSTENTAR los reparos concretos que formuló ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.
Advertir al apelante que, en ese lapso y en esta instancia deberá sustentar los reparos concretos que formuló en primer grado, o manifestar que para ese efecto debe tenerse en cuenta el escrito que radicó ante la a quo, pues en caso de guardar silencio, se Rad. 110013103013201400432 01 declarará desierto el recurso de alzada, como dispone el artículo citado.
Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de asuntos asignados al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a910785c68357c670d04eca08f17877dbcfd32727714d93345c88b051b366d6f Documento generado en 11/11/2025 04:41:00 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2