REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL RADICADO PROCESO EJECUTANTE EJECUTADO 05-001-31-05-026-2024-00075-01 EJECUTIVO LABORAL PROTECCIÓN S.A GRUPO PROSPEREMOS S.A.S Medellín, diecisiete (17) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Verificadas las actuaciones remitidas, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutante contra el auto que niega mandamiento de pago proferido el 10 de mayo de 2024 por el Juzgado Veintiséis Laboral del Circuito de Medellín. Por lo que se procederá a correr traslado a las partes para que presenten sus alegatos conforme lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, por el término de cinco (5) días hábiles, los cuales deberán ser remitidos por escrito a la dirección de correo electrónico de la secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARICELA CRISTINA NATERA MOLINA Magistrada