Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 0571-2025 AutoAdmiteConsultaSentencia EDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Se Advierte

REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, nueve (9) de junio de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral Hermes David Palacios Rueda Cristian David Ávila Carvajal. 68001-31-05-002-2021-00266-01 2025-571 Contrato Laboral – Acreencias Laborales Auto Admisorio ADMÍTASE el Grado Jurisdiccional de Consulta en favor de la parte demandante HERMES DAVID PALACIOS RUEDA, respecto de la sentencia proferida el dieciséis (16) de mayo de 2025 por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bucaramanga, por causa y ocasión de lo dispuesto en el art. 69 del C.P.T.S.S., Mod, Ley 1149 de 2007 art. 14.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte en cuyo favor opera la consulta para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a63c9856ee81d0610d5cc797912e8254a6eebf06eae4e5c8c9faa13d28f72b4a Documento generado en 09/06/2025 03:30:26 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica