Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301620230000702 AdmiteRecursoConcedeTérmino

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, once (11) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso Radicado Demandante Demandado Asunto Magistrada Sustanciadora Verbal – Responsabilidad Civil Extracontractual 05001310301620230000702 Ricardo Estrada Arango Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección SA Admite recurso, ordena trámite Piedad Cecilia Vélez Gaviria Realizado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, se ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 16 de septiembre de 2025, por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Oralidad de Medellín. Salvo que se soliciten pruebas oportunamente (arts. 12 Ley 2213 de 2022 y 327 CGP), deberá la parte apelante sustentar su recurso, a más tardar, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto, remitiendo su memorial a través de medios tecnológicos y con constancia de haber enviado un ejemplar de este a todos los demás sujetos procesales (art. 3º Ley 2213 de 2022).

En tal caso, el traslado de la sustentación se entenderá realizado a los dos (2) días hábiles siguientes al del envío del mensaje, y a partir del siguiente correrá el término de cinco (5) días para que se pronuncien al respecto (parágrafo art. 9º ley ibídem). Proceso Radicado Verbal – Responsabilidad Civil Extracontractual 05001310301620230000702 Atendiendo pronunciamiento de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia,1 se advierte a la parte que el recurso deberá sustentarse en esta instancia dentro del término legal, so pena de declararse desierto.

Los memoriales deberán enviarse a todos los siguientes correos electrónicos: Secretaría de la Sala Civil: secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Despacho de la Suscrita: des11sctsmed@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PIEDAD CECILIA VÉLEZ GAVIRIA MAGISTRADA Firmado Por: Piedad Cecilia Velez Gaviria Magistrada Sala 002 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d4b9f45be1065b193ed457d57daa6ae797cd24e04018b66b0a4900be4f60449f Documento generado en 12/12/2025 09:20:55 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 STC9311 de 30 de julio de 2024.

Radicación nro. 11001 02 03 000 2024 02574 00. MP Fernando Augusto Jiménez Valderrama.