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auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: Auto admite y corre 2021-00205

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, veintinueve (29) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicado: Demandante: Demandada: Decisión: Verbal 05001 31 03 007 2021 00205 01 William Darío Restrepo Correa Luis Alfonso Aguirre Jaramillo Admite y corre traslado Realizado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, se verifica el cumplimiento de todos los requisitos legales que se exigen en dicha preceptiva, por lo que se ADMITE la apelación formulada por la parte demandante en contra de la sentencia emitida en la audiencia del 26 de octubre de 20221.

Ahora, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, sin perjuicio de lo que el suscrito ha considerado y resuelto en asuntos anteriores sobre la oportunidad para la sustentación de la apelación, en consideración al reciente pronunciamiento de la Sala de Casación Civil Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia -sentencia STC9311-2024 del 30 de julio de 2024- y de la Corte Constitucional -sentencia T350 de 2024- donde se cambia el precedente al respecto, ejecutoriado este auto empezará a correr el término de cinco (5) días, para que el recurrente, SUSTENTE los reparos concretos formulados por escrito dentro de los 3 días siguientes al fallo2, sin importar que tanto hubiere argumentado en esa oportunidad, so pena de declararse desierto; seguidamente correrá el traslado a la parte contraria de la sustentación presentada, para que dentro de los cinco (5) días siguientes se pronuncie frente la misma, si a bien lo tienen.

De requerirse el expediente digital por alguna de las partes, deberán solicitar 1 42ActaAudiencia202100205.pdf 43ReparosRecursoApelacion.pdf 22 el link correspondiente a la SECRETARIA DE LA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN, al correo electrónico secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co. En todo caso, se advierte a las partes que por el alto volumen de congestión que este despacho presentaba para el 11 de enero del año en curso en que el suscrito tomó posesión del cargo en propiedad, fue necesario adoptar un plan de descongestión que se dio a conocer a todos los usuarios, al cual deberá sujetarse el trámite posterior.

NOTIFÍQUESE (Firmado electrónicamente) BENJAMÍN DE J. YEPES PUERTA Magistrado Firmado Por: Benjamin De Jesus Yepes Puerta Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3d26110f1d190718716846ee90858fdbbd1f0c3852bd920945c8e8af2175df5d Documento generado en 29/10/2024 03:50:38 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica