TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUGA SALA LABORAL REFERENCIA: AUTO ALEGATOS PROCESO: ORDINARIO LABORAL GRUPO: CONSULTA SENTENCIA DEMANDANTE: NORBEY MBENACHI SOLIS DEMANDADO: POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. RADICACIÓN: 76-520-31-05-002-2017-00287-01 Guadalajara de Buga, Valle del Cauca, doce (12) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) AUTO No. 0328 Examinado el expediente, se evidencia que en el presente asunto no se ha proferido decisión sobre los alegatos de segunda instancia, razón por la cual conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se ordena por Secretaría de la Sala CORRER TRASLADO A LAS PARTES para que presenten sus alegatos de conclusión en el término común de cinco (5) días hábiles.
Finalizado el traslado, pase el expediente al despacho para proferir por escrito la decisión correspondiente. Finalmente, se les informa a las partes que las alegaciones pueden presentarse vía correo electrónico a la dirección de correo institucional de la Secretaría de la Sala Laboral de esta Corporación: sslabbuga@cendoj.ramajudicial.gov.co.
NOTIFÍQUESE MARÍA MATILDE TREJOS AGUILAR MAGISTRADA Firmado Por: 1 Maria Matilde Trejos Aguilar Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9e4248f438f13bf4ff3a992a69cd973a8af2716877004136995ebc346c48e1fc Documento generado en 12/11/2024 09:27:01 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica