TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, 31 de julio de 2025 En el efecto DEVOLUTIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, en el proceso Verbal instaurado por Luis Mauricio Gaviria Maya, contra Luz Marina Gaviria Maya, Silvia Elena Gaviria Maya, y los herederos indeterminados de Silvia Elena Maya Vélez.
Se corre traslado a la parte recurrente por el término de cinco (5) días, para que sustente el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formuló contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia de que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.
NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.I. No. 249 Rdo: 05001-31-03-003-2022-00308-01